En la actualidad, se dan casos, donde acudimos a algún lugar de esparcimiento cultural, de contacto con la naturaleza, o bien algún recinto de eventos deportivos o musicales, justo al pagar la entrada, nos dicen: “aquí no aceptamos pago con tarjeta” o “solo aceptamos pago con efectivo”; ¡ah!, pero que tal sí ¿quisiéramos obtener algún comprobante de pago?, pues se recrudece, la actitud antipática, dolosa, y alevosa, al decir: “aquí solo entregamos boletos o ticket sencillos, no moleste más”. Conceptos basicos Lavado de Dinero
Bueno de lo anterior, sí tenemos un poco de conocimiento del derecho, sabemos de la tendencia de fiscalización agresiva por parte de las autoridades, que existe en México, justo en fechas actuales, con la reciente predisposición a evitar el uso del efectivo, donde el gobierno mexicano, ha lanzado campañas de publicidad para obligar a emitir comprobantes fiscales, hasta de los gastos menores, como lo pueden ser la diversión y esparcimiento familiar. Conceptos basicos Lavado de Dinero
Nos encontramos con lugares que descaradamente aperciben de estas omisiones, siendo que es un hecho notorio que algo anda mal. Por eso es interesante conocer los conceptos básicos del Lavado de Dinero, que no siempre se usa para el Narcotráfico o Delincuencia Organizada.
¿Qué es el lavado de dinero y cómo funciona?
(Beyruti & Flores, 2019) Es cuando se hace referencia a aquella actividad en virtud de la que una persona, grupo de personas, en general, una presunta organización delictiva, procesa recursos obtenidos de actividades ilegales, aparentando que son recursos con origen en la realización de actividades lícitas.
Según el Grupo de Acción Financiera sobre Blanqueo de Capitales y Financiamiento al Terrorismo (GAFI), es “el procesamiento de las ganancias derivadas de la actividad criminal para disfrazar su procedencia ilícita, permitiendo a los criminales gozar de ellas sin arriesgar su fuente”
Es interesante leer a diversos autores, que mencionan que en estos tiempos, el concepto de lavado de dinero, no transmite las posibilidades que tienen, los presuntos criminales de poder agregar esas cuantiosas ganancias monetarias a una economía formal, (G, 2014) “la calificación de “lavado de dinero” es arcaica debido a que no solo se limpia dinero proveniente de actividades ilícitas, sino también otro tipo de bienes y recursos mal habidos”. Conceptos basicos Lavado de Dinero
¿Cuáles son las etapas de lavado de dinero?
Las principales formas de funcionar del lavado de dinero según el GAFI, son:
Colocación
En esta etapa, los recursos se introducen en alguna institución financiera, por medio de operaciones diversas, que pueden ir desde una simple constitución de una sociedad de acciones simplificadas, una persona física en el régimen de incorporación fiscal, hasta hacer operaciones de grandes volúmenes de dinero, por medio de empresas que fueron constituidas previamente.
Toma especial relevancia, el uso del dinero en efectivo, ya que, por medio de su depósito, se pueden emplear diversas modalidades, que tal vez, puedan cumplir con las disposiciones fiscales vigentes, lo hacen eludiendo la tributación real, con cantidades menores a las permitidas.
Conviene destacar, que esta etapa es la más peligrosa en el proceso de lavado, para los presuntos delincuentes, ya que implica grandes cantidades de dinero a ingresar a los bancos, y estos a su vez, cada día tienen más y más restricciones legales, con base a la política criminal que lidera la Unidad de Inteligencia Financiera.
Ocultamiento o encubrimiento.
En esta etapa, se realiza las transferencias de los recursos colocados anteriormente, por medio de diversas transacciones financieras, así cambian la forma, denominación, haciendo difícil el rastreo del origen del dinero mal habido.
Se requiere eliminar toda pista, para impedir su seguimiento; en estas operaciones pueden darse, la utilización de varios bancos para hacer las transferencias entre diversas cuentas, cuyos titulares, son inminentes testaferros, se mueven por diferentes países o ciudades dentro de un mismo país, retirando y depositando de forma variada continuamente, incluso cambiando la moneda, o bien comprando bienes muebles o inmuebles de alto valor, -ejemplo: joyas, barcos, casas, automóviles, varias más- justo donde las Actividades Vulnerables que prevé la Ley federal para la prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita, tiene su regulación.
Justamente aquí es donde se pretende alejar lo más posible el dinero de la fuente ilícita.
Integración.
Por medio de los recursos legales, que aportan las instituciones financieras, en esta etapa, el dinero, se integra haciendo parecer que proviene de una operación completamente legal, pudiendo realizarse mediante una transferencia bancaria a la cuenta de un negocio local, el uso de tarjetas de débito, para pagar una compra, por medio de las terminales punto de venta, en la llamada “industria de las factureras”[1], con la compraventa de comprobantes fiscales que amparan operaciones simuladas, todo este dinero, se da siempre a cambio de una comisión que se devuelve regularmente en efectivo.
(Ortiz Dorantes, 2011) “En esta etapa el delincuente debe volver a tener dinero a su disposición, pero alejado de toda investigación puesto que la regla de oro de toda operación de lavado de dinero es aparentar, lo mejor posible, una operación legal. Mediante la etapa de integración, es extremadamente difícil distinguir entre riqueza legal e ilegal”
Los bienes pueden ser enajenados, aquellos que, en la etapa de encubrimiento, fueron adquiridos, aquí se puede ocupar totalmente el dinero, sin riesgo para su actividad, puesto que, en la teoría del delito, para poder vincular a proceso, a un presunto delincuente o un grupo de ellos, es difícil de configurar o de calificar, ya que no se tienen todos los elementos, que pide el derecho penal.
¿Cuáles son las principales actividades del lavado de dinero?
Se puede considerar, incluso por el GAFI, que las principales actividades para lavar dinero en México son:
- Enriquecimiento ilícito
- Fraude
- Desvío de recursos públicos
- Narcotráfico
- Compraventa de Comprobantes Fiscales
- Secuestro
- Tráfico de armas
- Delitos contra el sistema financiero
- Prostitución
- Trata de personas
- Tráfico de migrantes
- Delitos contra la administración pública
- Casas de empeño o de mutuo
¿Qué es el G.A.F.I. (Grupo de Acción Financiera Internacional)?
El Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) es una entidad intergubernamental establecida en 1989 por los Ministerios y sus jurisdicciones Miembro. Los objetivos del GAFI son fijar estándares y promover la efectiva implementación de medidas legales, regulatorias y operativas para combatir el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y otras amenazas relacionadas con la integridad del sistema financiero internacional. En colaboración con otros participantes internacionales, como las Naciones Unidas y el Grupo Egmont de Unidades de Inteligencia Financiera, el GAFI también trabaja para identificar vulnerabilidades a nivel nacional con el propósito de proteger al sistema financiero internacional de usos indebidos. El GAFI tiene estrecha colaboración con esos organismos internacionales, por medio de la participación como observadores dentro de la labor del grupo. Conceptos basicos Lavado de Dinero
En términos lisos y llanos, el GAFI, es la instancia a nivel mundial que regula la normatividad en materia de prevención de lavado de dinero de sus participantes, entre ellos México, su regulación se hace por medio de recomendaciones, las cuales no son vinculantes a los estados pertenecientes, pero si son medibles, clasificando en listados de “países y territorios no cooperantes”, respecto al cumplimiento de sus estándares. Conceptos basicos Lavado de Dinero
En abril de 1990, este grupo, dio a conocer sus Cuarenta Recomendaciones que tenían por objeto proporcionar un plan de acción necesario para la lucha contra el lavado de dinero. En 1996, fueron revisadas, las recomendaciones, adecuándolas para reflejar la evolución de las tipologías del lavado de dinero. Después de los ataques terroristas del 11 de septiembre, el GAFI decidió ampliar su ámbito de regulación al financiamiento al terrorismo.
Tiempo después, en una reunión plenaria extraordinaria los días 29 y 30 de octubre, del mismo año 2001, se formularon ocho recomendaciones especiales para la lucha en contra del financiamiento del terrorismo. Así de las 40 recomendaciones iniciales, estás recientes ocho, adicionadas en 2003, otra más agregada en 2004, también vinculada para combatir que los terroristas no obtengan dinero; En conjunto, se tuvo un gran marco en contra del lavado de dinero.
Posteriormente, se realizó una revisión total de todas las recomendaciones, en el año 2012, publicando el GAFI, los parámetros más recientes, de los procesos para la identificación de clientes de las instituciones de crédito, de las diferentes profesiones o actividades no financieras, la investigación, procesamiento y confiscación de recursos de grupos delictivos, creando lo que se conoce como Actividades Vulnerables, que actualmente regula en México.
Así, el Grupo de Acción Financiera sobre el Blanqueo de Capitales y Financiamiento al Terrorismo (GAFI), recomienda que los Estados adopten políticas adecuadas para permitir a quienes realizan las actividades vulnerables, coadyuvar en la protección de la integridad de la economía formal, a través de alertar, mediante avisos, a las autoridades de la celebración de operaciones que por su naturaleza pueden llegar a representar un riesgo de vulneración para la economía, y con ello dotar a las autoridades competentes de información oportuna que le permita a estas investigar, así combatir los procesos de lavado de dinero.
¿Qué es la Unidad de Inteligencia Financiera? Conceptos basicos Lavado de Dinero
Es un área de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, creada por medio, de la modificación al Reglamento interior de la secretaría de hacienda y crédito público, por medio del decreto presidencial publicado, en el Diario Oficial de la Federación, el 7 de mayo de 2004, cuyas funciones son[2]:
- Recibir reportes de operaciones financieras y avisos de quienes realizan actividades vulnerables;
- Analizar las operaciones financieras y económicas y otra información relacionada;
- Diseminar reportes de inteligencia y otros documentos útiles para detectar operaciones probablemente vinculadas con el Lavado de dinero y en su caso, presentar las denuncias correspondientes ante la autoridad competente.
Las principales tareas de la UIF consisten en implementar y dar seguimiento a mecanismos de prevención y detección de actos, omisiones y operaciones, que pudieran favorecer o ayudar de cualquier manera para la comisión de los siguientes delitos previstos en el Código Penal Federal (CPF):
- Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (Artículo 400 Bis del CPF)
- Financiamiento al Terrorismo (Artículo 139 Quáter del CPF)
Su misión es contribuir exitosamente a la consecución de los fines del Estado Mexicano dirigidos a identificar y prevenir la realización de Lavado de Dinero.
En recientes fechas[3], se pretende darle más facultades a la Unidad de Inteligencia financiera, entrando a los extremos de la figura legal llamada “Extinción de dominio”, al mes de diciembre 2019, está en proceso legislativo en el Congreso de la Unión.
¿Cómo se regula en México, el lavado de dinero?
Al ser internacionalmente tipificado el delito, en México, se reguló esta figura, con la expedición en 1990, del artículo 115 bis del Código Fiscal de la Federación; posteriormente en mayo de 1996 entró en vigor un Decreto que reforma diversos artículos del Código Penal, del Código Fiscal de la Federación y del Código Federal de Procedimientos Penales. De tal suerte que se derogó entonces el artículo 115 bis del Código Fiscal de la Federación y en su lugar se expidió el artículo 400 Bis del Código Penal Federal, vigente hasta la fecha. Es decir, el delito de lavado de dinero dejó de ser considerado un ilícito eminentemente fiscal y pasó a formar parte de la legislación punitiva mexicana. Conceptos basicos Lavado de Dinero
En sesión celebrada el 26 de agosto de 2010, el C. Presidente de la República presentó, ante la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, la Iniciativa de decreto por el que se expide la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y de Financiamiento al Terrorismo;
Con el propósito de fortalecer la labor que el Estado Mexicano desarrolla en su lucha contra la delincuencia, la iniciativa tenía como objeto establecer medidas y procedimientos para prevenir y detectar actos u operaciones que involucraron recursos de procedencia ilícita y aquellos tendientes a financiar al terrorismo. Para lo cual se estableció un régimen de identificación y reporte de ciertos actos u operaciones vinculados a actividades que pueden ser vulnerables a ser utilizadas por el crimen organizado para sus procesos de lavado de dinero, o bien, a los de financiamiento al terrorismo, que quedaría a cargo de aquellos a quienes denominaba sujetos obligados.
Se fundó la restricción el uso de efectivo en determinadas operaciones vinculadas a activos considerados de alto valor, para obstaculizar al crimen organizado el que pudiera colocar el alto volumen de efectivo que genera su actividad criminal, dentro de la economía formal, así como limitar, en la medida de lo posible, que llevará a cabo sus procesos de lavado de dinero protegido por el anonimato que el uso del efectivo permite.
Las Comisiones Unidas de Justicia, Gobernación y Estudios Legislativos Segunda, con opinión de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, de la Cámara de Senadores, fueron las que analizaron, adecuaron, modificaron y dictaminaron la iniciativa original presentada, realizando una reestructuración de la iniciativa, a efecto de enfocar la misma no en los sujetos, sino en las actividades vulnerables a ser utilizadas en los procesos de lavado de dinero, siguiendo las recomendaciones del GAFI, México, adoptó el régimen de prevención de operaciones de lavado de dinero, extendiéndolo a otros actores económicos, buscando una mejor calificación para México, frente al grupo de acción, así dejaría de aplicarse en el nivel de prevención bajo y reprobable en que se encontraba en aquellas épocas. Estas dictaminadoras modificaron sustancialmente el catálogo amplio de actos y operaciones que la iniciativa pretendía sujetar al régimen de reporte, para sustituirlo por uno nuevo, que se centró sólo en aquellas actividades que por su naturaleza puedan ser las más vulnerables de involucrarse en esquemas de lavado de dinero. En este contexto, se eliminaron los delitos que sobre este particular proponía la iniciativa y, en su lugar, se resolvió que tales infracciones fueran sancionadas con multa, en la vía administrativa. Se le dotó a la Unidad de Inteligencia Financiera, la facultad para vigilar la observancia de la Ley y de sancionar en la vía administrativa su incumplimiento, utilizando la practica de visitas domiciliarias, como forma de vigilar el cumplimiento de la ley incluida en la propia iniciativa, con estos detalles y más se dio el debido proceso legislativo, dando origen a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 17 de octubre de 2012, entrando en vigor nueve meses siguientes al día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Conceptos basicos Lavado de Dinero
Posteriormente, el poder ejecutivo promulgó el Reglamento de la ley federal para la prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita, siendo publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 16 de agosto de 2013.
Siendo la Ley LFPIORPI (Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita) y su reglamento, son la normativa en México en Materia de Prevención de Lavado de Dinero.
- Término para las empresas que emiten y compran comprobantes fiscales, tal como lo describe la propia Jefa del SAT, en https://aristeguinoticias.com/1209/mexico/hay-industria-facturera-para-lavar-dinero-o-evadir-impuestos-poner-orden-no-es-terrorismo-fiscal-sat-video/ ↑
- Presentación de la UIF: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/425024/PRESENTACION_UIF_GOBMX.pdf ↑
-
Cortés, N. (2019). Con la anuencia de Morena, reforma para dar “dientes” a la UIF regresará al Senado. El Heraldo de México, https://heraldodemexico.com.mx/pais/mario-delgado-senado-uif-extincion-de-dominio/ ↑
Referencias
Beyruti, R., & Flores, J. (2019). Análisis Integral de la ley antilavado. México: CEIDEST.
G, L. P. (2014). Lavado de activos. Bogotá: Ediciones Jurídica Radar.
Ortiz Dorantes, A. (2011). El delito de lavado de dinero. México: Porrúa. Conceptos basicos Lavado de Dinero