La Estrategia Digital Nacional[1], es la acción del gobierno federal implementar las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en todos sus órdenes para garantizar que en todos los aspectos de la vida diaria de los residentes mexicanos, puedan simplificar por completo todos los trámites, cualquier registro de datos personales y cualquier tipo de presentación a entidades gubernamentales solicitud.
Si bien es cierto La Estrategia Digital Nacional, se asentó desde su creación hasta la actualidad, en cinco grandes objetivos: 1) Transformación Gubernamental, 2) Economía Digital, 3) Educación de Calidad, 4) Salud Universal y Efectiva, y 5) Seguridad Ciudadana, respecto a la Transformación Gubernamental, se pretende que mediante el uso de las TIC, exista una mejor relación entre el gobierno y la sociedad, como usuario de los servicios públicos, en la economía digital, se busca la reducción de trámites, y en cuanto a la oferta material, en la educación de calidad, se busca tener una mejor y más eficiente proceso de educación y enseñanza al igual que con la gestión en la formación docente.
Así mismo, dentro de la Estrategia Digital Nacional, se considera probablemente el objetivo más importante en términos de salud para todos, el proceso de la digitalización del uso de datos personales de toda la población, particularmente, la creación de una base de datos que esté enfocada hacia la cobertura universal en salud y en el uso más eficiente de la infraestructura instalada y los recursos asignados a la salud en el país, por lo que al contar con esta base de datos, surge la necesidad, de tener una seguridad ciudadana, que brinde certeza y seguridad jurídica en cada uno de los trámites, así como se proteja en todos los aspectos el propio derecho a la intimidad, protegiendo los datos personales, tal como se regula en la legislación correspondiente.
Precisamente destaca el cuarto objetivo de la Estrategia Digital Nacional, el de la Salud Universal y Efectiva, siendo la instauración del Registro Electrónico para la Salud, así como la adecuación del Expediente Clínico Electrónico (ECE), la creación del Certificado Electrónico de Nacimiento (CeN) y la digitalización de la Cartilla Electrónica de Vacunación (Cev), que cualquier persona que habite, o bien haya nacido en el territorio nacional, que tal vez haya migrado al extranjero, pueda acceder a ellos.
Como se puede comprender, la Estrategia Digital Nacional (EDN), se trata de una total y absoluta mejora regulatoria digital, economizando la tramitología vigente, sin embargo, se debe tener presente que no se puede hablar de una Economía Digital, sin llevar un debido proceso administrativo de mejora, el cual tiene su base en el Registro Federal de Trámites y Servicios (RFTS)[2], controlado por la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER), órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Economía con autonomía técnica y operativa, creado en el año 2000, siendo la COFEMER la autoridad competente, con base en los artículos 69-E, fracción III, y 69-M de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo (LFPA), por lo que cualquier proyecto de mejora regulatoria, en el que esté relacionado algún trámite tiene que iniciar, florecer, y terminar su debido proceso, obligatoriamente en la Comisión citada, por ello el RFTS, provee de certeza jurídica a los ciudadanos, ya que las dependencias no pueden aplicar trámites adicionales a los inscritos en el mismo ni aplicarlos en forma distinta. Resulta de vital importancia, mencionar que el servidor público que incumpla este mandato de ley puede ser destituido del puesto e inhabilitado cuando menos un año para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público[3], así también, toda la información presentada en el RFTS debe estar fundamentada en leyes, reglamentos u otras disposiciones jurídicas, ya que de lo contrario no puede estar en el Registro[4]. Por lo que, todas las entidades como Secretarías de Estado, Organismos Descentralizados, en general todas las dependencias gubernamentales que integran la Administración Pública Federal[5], están obligadas a la inscripción en el RFTS de toda su tramitología para su proceso de mejora regulatoria, con excepción de organismos paraestatales (CFE, PEMEX, etc.) las secretarías de Marina y Defensa Nacional, respectivamente, también están exceptuados aquellos trámites de carácter fiscal, de responsabilidades de los servidores públicos, de justicia agraria y laboral, y los del ministerio público en ejercicio de sus funciones constitucionales[6].
Sin embargo, como el registro es relativamente nuevo, no alberga todos los trámites de las dependencias gubernamentales vigentes, ahí es donde se realizó la conjunción con la EDN, para completar en un solo inventario todos los trámites y servicios de dependencias, ahora agregando a los tres órdenes de gobierno (Federal, Estatal y Municipal), en general, los trámites y servicios de todos los entes de gobierno que se deban adherirse mediante las disposiciones jurídicas que correspondan en cada caso, surgiendo en el año 2014, el Catálogo Nacional de Trámites y Servicios del Estado (CNTSE).
El Gobierno Federal, para hacer más ágil, transparente y de rápido acceso de los ciudadanos al CNTSE, creó por medio del decreto presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación[7], la “ Ventanilla Única Digital “, mejor conocida por el sitio web www.gob.mx, en donde progresivamente se han incluido al CNTSE, toda la tramitología de cada una de las diversas dependencias gubernamentales, de los tres órdenes de gobierno, progresivamente los ediles y/o los jefes del ejecutivo de los estados, estarán firmando convenios para la alineación con la EDN.
Para la ejecución e interoperabilidad de los sistemas electrónicos de la Ventanilla Única Digital, las dependencias federales, estatales y municipales, se están apoyando esencialmente del uso de dos datos estrictamente personalísimos, la Firma Electrónica Avanzada (e.firma) y la Clave Única de Registro de la Población (CURP), volviéndose una manifestación de la voluntad de las personas implícitamente, de forma consciente, espontánea y exteriorizada, ya que para usar la plataforma digital descrita, se requiere autorizar, el documento electrónico conocido como “ Carta de Condiciones y Términos del uso “ del sitio www.gob.mx en diferentes accesos, como lo es la estrategia del Instituto Mexicano del Seguro Social, conocida como “ IMSS DIGITAL ”.
- Gobierno Federal. (03 de febrero de 2015). DECRETO por el que se establece la Ventanilla Única Nacional para los Trámites e Información del Gobierno. Diario Oficial de la Federación. Secretaria de la Función Pública Recuperado de http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5380863&fecha=03/02/2015 ↑
- El RFTS quedó integrado formalmente el 19 de mayo del 2003, ello a partir de la reforma a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo (LFPA) según lo establecido en la fracción I, del artículo primero transitorio del Decreto por el que se reforma la LFPA, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de abril del 2000. El RFTS es un registro público en el cual deben estar inscritos todos los trámites de las dependencias y los organismos descentralizados de la Administración Pública Federal ↑
- Artículo 70-A de la LFPA. ↑
- Artículo 69-O de la LFPA ↑
- Artículo 69-A de la LFPA ↑
- Tercer párrafo, Artículo 1 de la LFPA ↑
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Presidencia de la Republica. (03 de febrero de 2015). DECRETO por el que se establece la Ventanilla Única Nacional para los Trámites e Información del Gobierno. Diario Oficial de la Federación. Edición Vespertina. Secretaría de la Función Pública Recuperado de http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5380863&fecha=03/02/2015 ↑